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EMANTZIPA: ayuda directa de 300 euros al mes
Published by Gaz
13/12/2023
News Housing/Rent, Where to live, Items, Housing – Purchase, Ancillary expenditure

La ayuda

 ¿Qué es Emantzipa?
 Es una ayuda directa destinada a la emancipación de personas jóvenes entre 25 y 29 años, ambos incluidos.
 
¿Cuál es el importe a recibir?
 300 euros mensuales para cada persona beneficiaria.
 
¿Por cuánto tiempo puedo percibir la ayuda?
 Hasta un máximo de 24 meses. Si dejas de cumplir los requisitos, la ayuda se dejará de percibir.

emancipacion.png 365.39 KB

Requisitos:

Para recibir la ayuda debes cumplir los siguientes requisitos. Recuerda que cuando realices la solicitud, deberás justificar estos requisitos con la documentación correspondiente.
  •  Debes tener entre 25 y 29 años.
  • 12 meses de empadronamiento en la Comunidad Autónoma de Euskadi, o, 3 años de empadronamiento en los últimos 10 años.
  • Tienes que ser titular de un contrato de arrendamiento, a título individual o como coarrendatario/a (compartiendo vivienda), o de compraventa, a título individual o como copropietario/a y que suponga un desembolso económico mensual acreditable.
  • No puedes ser propietario/a de una vivienda distinta a la del domicilio habitual, salvo que acredites no poder disfrutar de ella (por causas de separación o divorcio u otros motivos).
  • La vivienda tiene que ser el domicilio habitual y permanente de las personas que solicitáis la ayuda.
  • No puedes tener vínculos familiares con la persona que alquila la vivienda (hasta segundo grado).
 
¿Tengo que cumplir unos ingresos mínimos y máximos?
 Sí:
  •  Si tributas de manera individual: ingresos anuales superiores a 3.000 euros e inferiores a 28.000 euros. 
  • Si tributas de manera conjunta: ingresos anuales superiores a 3.000 euros e inferiores a 34.000 euros. 
 Se tendrán en cuenta los obtenidos durante el ejercicio anterior a la fecha de la solicitud.
 
Se computan los rendimientos del trabajo, de actividades económicas, del capital mobiliario e inmobiliario, las ganancias y pérdidas patrimoniales y las imputaciones de rentas, así como la suma de las posibles rentas exentas.
 
No computarán los siguientes ingresos: 
  • la ayuda económica del Programa Emantzipa,
  • la ayuda económica del Programa Gaztelagun,
  • la PCV y la PEV, y
  • la percepción de las ayudas de emergencia social destinadas al pago del alquiler.
  • los saldos netos de ganancias y pérdidas patrimoniales que resulten negativos.
 Las pensiones compensatorias y anualidades de alimentos serán tenidas en cuenta tanto como ingresos de la persona ex cónyuge o ex pareja de hecho que las perciba, como minoración de ingresos de la persona ex cónyuge obligada a abonarlas.

 
¿Tengo que hacer la declaración de la renta para recibir la ayuda?
 No. Puedes recibir la ayuda, aunque no hayas realizado la declaración de la renta. 
 
En este caso, se tendrán en cuenta los ingresos reflejados en el/los 10Ts o en su defecto en el Certificado de ingresos de la hacienda correspondiente.
 
En todos los casos los ingresos mínimos solicitados serán superiores a 3.000 euros.
 
¿Hay un límite al patrimonio?
Sí. No puedes tener bienes, derechos o activos financieros por importe superior a 75.000 euros, salvo que estén relacionados con una actividad profesional o que se trate de la vivienda habitual.
 
Si tienes dudas sobre los requisitos, las infografías "¿Cumplo con los requisitos?" y "Resolviendo dudas" te pueden ayudar.  

GAZ - EMANTZIPA Compatibilidad .png 243.48 KB

Solicitar la ayuda

 ¿Qué tengo que hacer para solicitar la ayuda?
 Deberás realizar una solicitud, que consiste en aportar tus datos y adjuntar la documentación correspondiente.
 
¿Cómo se realiza la solicitud?
 Podrán realizarse solicitudes a partir del 20 de febrero de 2024.
 Podrás hacerla de forma online, a través de B@kQ, la identificación electrónica que te permite consultar y tramitar de forma online en los distintos servicios de las administraciones públicas y realizar trámites electrónicos.
 
¿Qué ventajas obtengo solicitando la ayuda con documento electrónico?
 El registro de tus documentos será inmediato, sin esperas. No necesitarás acudir presencialmente a las oficinas de Zuzenean.
 Además, en caso de que seas beneficiario/a de la ayuda, te permitirá acceder a ‘Mi carpeta’ y gestionar tus datos.
 
¿Cómo puedo solicitar mi B@kQ?
 Tienes toda la información aquí.
 
¿Puedo hacer la solicitud de forma presencial?
 Sí. Puedes realizarla acercándote a alguna de las oficinas de Zuzenean. No te olvides de solicitar cita previa y de llevar tu solicitud impresa y cumplimentada a tu cita.

Documentación

IMPORTANTE: No es necesario que consigas todos estos documentos.

Al rellenar la solicitud puedes dar el consentimiento para que el Gobierno Vasco obtenga los documentos indicados en el apartado “Documentación que el Gobierno Vasco puede obtener” de esta página.

Formato de los documentos: podrán ser archivos PDF o por ejemplo una foto o imagen.

Documentación a aportar obligatoriamente

PARA ACREDITAR QUE ESTÁS VIVIENDO DE ALQUILER / O QUE HAS COMPRADO UNA VIVIENDA:

PARA ACREDITAR QUE PAGAS EL ALQUILER O EL PRÉSTAMO HIPOTECARIO O PERSONAL A TRAVÉS DEL BANCO:

Justificante del último abono (mensual) del alquiler o abono de la hipoteca o del préstamo personal mediante transferencia bancaria, Bizum, pago electrónico...

PARA DAR DE ALTA Y REGISTRAR EL NÚMERO DE CUENTA DONDE SE TE HARÍA EL INGRESO DE LA AYUDA:

Si aún no estás inscrito/a en el Registro de Terceros para la gestión de pagos, debes darte de alta:

  • Si presentas la solicitud de manera presencial: Rellena y firma el documento de alta de terceros.
  • Si haces la solicitud de manera telemática: tienes el enlace para darte de alta en el formulario de la solicitud.
PARA ACREDITAR QUE NO ERES TITULAR DE OTRA VIVIENDA DISTINTA A LA DOMICILIO HABITUAL

  • En el supuesto de arrendamiento, certificado emitido por el Servicio de Índices del Registro de la Propiedad acreditativo de que la persona solicitante no es titular de vivienda. (Nota de localizacion)
  • En el supuesto de compraventa, certificado emitido por el Servicio de Índices del Registro de la Propiedad acreditativo de viviendas que, en su caso, fuera titular. (Nota de localizacion)
En el caso de que seas titular de una vivienda y no puedas hacer uso de ella según lo establecido en el Decreto, te pediremos que lo acredites con los documentos que sean necesarios.

NOTA: Si en el momento de la solicitud de la ayuda no se ha realizado la declaración de la renta y/o no están disponibles los datos fiscales de las Haciendas Forales correspondientes al ejercicio anterior, en el momento de la solicitud se tendrá que presentar la documentación que acredite que se cumple con los límites de ingresos establecidos en este apartado (nóminas, 10T, otros justificantes de ingresos, etc.).

Documentación que el Gobierno Vasco puede obtener

PARA ACREDITAR QUE TIENES ENTRE 25 Y 29 AÑOS

Copia del DNI, NIE o pasaporte.

PARA ACREDITAR QUE LLEVAS EMPADRONADO/A AL MENOS UN AÑO, o 3 AÑOS DE MANERA CONTINUADA EN LOS ÚLTIMOS 10 AÑOS, EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI.

Certificado de empadronamiento histórico de la/las viviendas en las que has estado (en cualquier municipio de la CAE).

PARA ACREDITAR QUE TIENES UNOS INGRESOS ANUALES SUPERIORES A 3.000 EUROS E INFERIORES A 28.000 EUROS (DECLARACIÓN INDIVIDUAL) O 34.000 EUROS (DECLARACIÓN CONJUNTA)

Si has realizado declaración de la renta:

  • Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  • Certificado de prestaciones no contributivas (si las tuvieras).
Si no has realizado declaración de la renta:

  • Certificado oficial de retenciones de IRPF (documento 10T),
  • Certificado de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • Certificado de renta emitido por la Administración Tributaria competente o cualquier documentación similar justificativa admitida en derecho.
PARA ACREDITAR QUE NO TIENES BIENES, DERECHOS O ACTIVOS FINANCIEROS POR IMPORTE SUPERIOR A 75.000 EUROS (EXCLUIDA LA VIVIENDA HABITUAL).

Certificado del nivel de patrimonio de las Haciendas Forales.

PARA ACREDITAR QUE LA VIVIENDA DE ALQUILER O COMPRADA (SOBRE LA QUE QUIERES PEDIR LA AYUDA) ES TU DOMICILIO HABITUAL Y PERMANENTE

Certificado de empadronamiento de esa vivienda.

Declaraciones responsables

Una declaración responsable es el señalar en el momento de la solicitud que la persona interesada, bajo su responsabilidad, cumple con los requisitos establecidos, que dispone de la documentación que así lo acredita, que la pondrá a disposición de la Administración cuando le sea requerida, y que se compromete a mantener el cumplimiento de las anteriores obligaciones durante el periodo de tiempo inherente a dicho reconocimiento o ejercicio.

IMPORTANTE: No es necesario que prepares documentos de Declaración responsable. Cuando rellenes el modelo de solicitud, tendrás que clickar/aceptar cada párrafo.

 
¿Qué pasa si no entrego todos los documentos cuando hago la solicitud?
 
Recibirás una notificación en la que se te pide que entregues la documentación que te falta en un plazo de 10 días (hábiles), y si no lo haces, no podrás disponer de ayuda.
 
¿Puedo iniciar los trámites de presentar la documentación, aunque todavía no resida en la vivienda y no tenga el contrato de alquiler o de compraventa?
 No. Si inicias los trámites sin tener todavía contrato de alquiler o de compraventa, se te requerirá para que aportes dicha documentación.  

CONVOCATORIA 2024 - PLAZO DE SOLICITUD:
del 20 de febrero al 29 de noviembre (ambos incluidos)

 Contacto

GAZ Komunitatea:

GAZ Bilbao: Aquí tienes la información sobre su horario y el lugar de atención presencial.

Dirección de Juventud - Gobierno Vasco: 945 01 56 55.



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