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News
Housing/Rent, Where to live, Items, Ancillary expenditure, Ancillary expenditure
GAZTELAGUN es la ayuda directa del Gobierno Vasco al pago del alquiler para favorecer la emancipación de jóvenes entre 18 y 35 años. Tanto si vives sola o solo como si compartes piso esta ayuda te interesa. banner gaztelagun.jpg68.86 KB Es importante que tengas en cuenta que debes cumplir unos requisitos generales y que tanto tu alquiler como tus ingresos tienen que entrar dentro de la horquilla marcada. A continuación te lo explicamos todo:
Requisitos generales
Debes tener entre 18 y 35 años.
6 meses de residencia ininterrumpida en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
No puedes ser propietario/a de una vivienda, salvo que acredites no poder disfrutar de ella (por causas de separación o divorcio u otros motivos).
Tienes que ser titular de un contrato de arrendamiento, a título individual o como coarrendatario (compartiendo vivienda).
La vivienda tiene que ser el domicilio habitual y permanente de las personas que solicitáis la ayuda.
No puedes tener vínculos familiares con la persona que alquila la vivienda (hasta tercer grado) o con su unidad familiar.
Tienes que abonar la renta mediante transferencia bancaria, Bizum, pago electrónico...
Renta mensual en vigor 2022
La renta mensual de la vivienda no puede ser superior a:
800 euros en Bilbao, Donostia-San Sebastián y Vitoria-Gasteiz.
750 euros en las áreas metropolitanas de Bilbao y Donostia-San Sebastián (Ver nota al final del post) y en los municipios de más de 10.000 habitantes.
675 euros en el resto de municipios.
Requisitos económicos
A título individual: ingresos anuales inferiores a 27.687euros (suma de base imponible general y del ahorro) y superiores a 3.000 euros.
Como unidad familiar: ingresos anuales inferiores a 33.902 euros (suma de base imponible general y del ahorro) y superiores a 3.000 euros. Todos los miembros mayores de edad debéis cumplir los requisitos.
Familias numerosas: ingresos anuales inferiores a 36.163 euros (suma de base imponible general y del ahorro) y superiores a 3.000 euros.
¿Y si aún no me he emancipado?
Gaztelagun permite hacer una solicitud para preaprobar la ayuda aunque aún no hayas firmado el contrato de alquiler, se llama "Solicitud de reconocimiento provisional" y debes indicarlo a la hora de llenar el formulario.
En este caso, no podrás aportar toda la documentación solicitada, por lo que, en cado de que te aprueben Gaztelagun, deberás aportar la documentación que te falta en el plazo de seis meses a contar desde la fecha de la notificación de la resolución provisional, incluyendo el justificante de pago de la fianza.
Una vez aportada la documentación, se dictará la resolución definitiva. Pero si no entregas la documentación en plazo, el reconocimiento provisional quedará sin efecto. Es decir, no te aprobaran la ayuda y tendrás que hacer una nueva solicitud con toda la documentación.
Incompatibilidad de la ayuda
Gaztelagun no es compatible con otras ayudas como:
Ser inquilino/a en una vivienda de protección pública (por ejemplo, en Alokabide, Viviendas Municipales de Bilbao, Donostiako Etxegintza u otras administraciones).
Ser perceptor/a de la Renta de Garantía de Ingresos (RGI) u otras rentas de inserción social.
Recibir prestaciones como PCV, PEV, ayudas municipales o de otras Administraciones y Entidades para los gastos de alquiler.
Ser perceptor/a de las Ayudas de Emergencia Social (AES) relacionadas con los gastos de alquiler.
¿Cómo solicito Gaztelagun?
Podrás tramitar de forma sencilla, desde un ordenador o móvil, la solicitud online. Para ello ten en cuenta que necesitarás:
Tu identificación electrónica B@kQ, ¿Aún no la tienes? Aquí te explicamos cómo conseguirla: B@kQ
Tener preparada la documentación que debes adjuntar:
Copia del Contrato de arrendamiento. En el caso de que no esté inscrito en el Registro de Contratos de Arrendamiento de Fincas Urbanas de la Comunidad Autónoma de Euskadi (deberá constar al menos: la identidad de los contratantes, la identificación de la finca arrendada, la duración pactada y la renta inicial). Copia del certificado de inscripción o del resguardo de depósito de la fianza, en el caso en el que el Contrato de arrendamiento sí esté inscrito.
Justificante de (al menos) el último abono (mensual) de la renta mediante transferencia bancaria.
Rellenar este documento para registrar el número de cuenta donde quieres recibir el abono: Alta de terceros
Si tienes problemas con proceso existe una vía alternativa dónde poder solicitarla sin tarjeta B@KQ pero tendrás de entregar la documentación de manera presencial: